Inicio › Foros › CONSULTAS JURÍDICAS. ABOGADOS › He sufrido una caída, cuando iba caminando, he sufrido lesiones físicas, ¿tengo Derecho a indemnización? › Caída en la calle
Etiquetado: Caída en la calle
- Este debate tiene 1 respuesta, 1 mensaje y ha sido actualizado por última vez el hace 5 años, 5 meses por Equipo InfoAccidentes.
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Equipo InfoAccidentesSuperadministrador
Lorena Torres escribió:
¿Cómo puedo reclamar contra el ayuntamiento? y ¿qué indemnización es la que me corresponde?Estimada Lorena,
Con los datos facilitados, debemos indicarle que en estos casos no siempre se tiene derecho a recibir una indemnización. Para que le reconozcan dicho derecho necesita acreditar:
Lugar donde se produjo el accidente (debe ser un lugar habilitado para el paso de peatones, y debe ser evidente el mal estado de lugar por culpa de la acción u omisión del Ayuntamiento). Tome fotografías del lugar, si lo arregla el ayuntamiento…
Testigos del Accidente.
Atestado de la policía local del lugar de la caída,
Informe de servicios de urgencias
A parte de esto desde el Ayuntamiento le solicitaran:
Un informe médico en el que se hagan constar expresamente el número de días impeditivos y no impeditivos.
Una evaluación económica de los daños personales producidos.
Para iniciar la reclamación puede hacerlo usted misma con los formularios del Ayuntamiento o presentando un escrito en su nombre como perjudicada. No se lo recomiendo, porque la tónica habitual de los Ayuntamientos viene siendo denegar estas reclamaciones sistemáticamente, y enviarlo todo a vía judicial Contencioso Administrativo, donde la reclamación se basara en lo que haya reclamado inicialmente.
También puede designar un Abogado independiente que realice todos estos trámites por usted. En caso de tener Asistencia Jurídica contratada con su seguro de hogar, los costes del Abogados accidentes probablemente quedarían totalmente cubiertos con su propia póliza.
Si lo que quiere es calcular usted mismo debe aplicar el baremo para accidentes de tráfico que anualmente publica el BOE:
http://www.accidente.pro/wp-content/uploads/BOE-Baremo-2014-accidentes-de-trafico.pdf
La indemnización que le corresponde depende de:
Tiempo que, ha estado de baja (deben de ser calificados por un médico como impeditivos a razón de 58,41 €/día , y no impeditivos a razón de 31,43 €/día)
De las secuelas físicas, valoradas en puntos por un médico, y en función de su edad se aplica la tabla del BOE.
y de un factor de corrección en función de los ingresos dejados de percibir.
Si necesita cualquier cosa, no dude en contactar con nuestros Abogados.
Saludos -
Lorena TorresMiembro
El día 20 de Septiembre de 2015, sufrí una caída en la calle en Benavente, al lado de un bar que estaba lleno de gente, acudiendo el camarero a ayudarme y posteriormente mi novio, quien me trasladó al Hospital, donde se me diagnosticó fractura de rótula de la rodilla derecha, consecuencia de encontrarse la calle en obras no señalizadas ni acotadas con vallas o similar, y los contenedores de basura sobre la acera, dejando ésta impracticable y obligándome a bajar a la carretera. ¿Cómo puedo reclamar contra el ayuntamiento? y ¿qué indemnización es la que me corresponde?
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