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El baremo de indemnizaciones de accidentes de tráfico del año 2017

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La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, publica anualmente las tablas de indemnizatorias de los daños y perjuicios causados a las personas que sufren accidentes de circulación. El conocido como “baremo tráfico”.

Habitualmente la actualización del baremo por accidentes de tráfico se actualizaba de forma automática en base a la subida que sufre la vida de los consumidores, esto es, el Índice de precios de Consumo (IPC), que este año 2017 ha subido entorno al 1,4 %.

En este año 2017 la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha publicado la Resolución el 3 de octubre.

Con la entrada en vigor de la Ley 35/2015 de 22 de septiembre de 2015, que aprobó el nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes circulación, que entro en vigor el 1 de enero de 2016, reflejaba la actualización automática para los sucesivos años, descartando la subida del IPC, y basando esta subida en la revalorización de las pensiones. Situación que supone que la subida natural de cada año haya quedado menguada, dado que la revalorización de las pensiones este año 2017 ha sido mínima, en concreto han subido entorno a un 0,25 %.

El Real Decreto Legislativo 8/2004, Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, establece en su artículo 49 como se actualizan las indemnizaciones y establece: “A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 

2. No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales. Asimismo la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se actualiza, en su caso, de acuerdo con lo que se establezca en los convenios sanitarios que se suscriban con los servicios públicos de salud según lo establecido en el artículo 114, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios”

Por lo tanto, las indemnizaciones este año 2017 han subido un 0,25 % con respecto al año 2016.

Tabla comparativa de la evolución de las indemnizaciones por perjuicio causado en accidentes de circulación:

Las lesiones temporales quedan de la siguiente manera:

  Año 2016Año 2017
Día de perjuicio Básico 30 €30,075 €
Días de perjuicio particular:Moderado52 €52,13 €
 Grave75 €75,18 €
 Muy Grave100 €100,25

 

Desde el punto de vista de los Abogados ¿Qué valoraciones jurídicas se puede hacer de las indemnizaciones establecida en el baremo del año 2017 con respecto a los de 2015?

Si comparamos la valoración con los días impeditivos, no impeditivos y hospitalarios del 2015

  Año 2017Año 2015 
Día de perjuicio Básico 30,075 €31,43 €Días no Impeditivos
Días de perjuicio particular:Moderado52,13 €58,41€Días impeditivos
 Grave75,18 €71,84 €Días Hospitalarios
 Muy Grave100,25 No existían

Por lo que se puede observar que los antiguos días no impeditivos, valorados en 2015 en 31,43 €, han pasado a catalogarse como días de perjuicio personal básico (Todos para las aseguradoras, amparados en los informes médicos de sus médicos valoradores), han pasado de ser valorados en el año 2017 en 30,075 €/día en el año 2017.

Los días impeditivos, valorados en 58,41 € en el año 2015 ahora se denominan días de perjuicio personal particular moderados  y se valoran en 52,13 €/día, y si se observa un incremento en los antiguos días hospitalarios que se valoraban a 71,84 € en 2015 y en 2017 han subido a 75,18 € o 100,25.

Si a esto le sumamos que en vía amistosa habitualmente se reconocía alguna secuela derivada de los accidentes (entre 700 y 800 €) y ahora se deniegan sistemáticamente.

A lo que se le reconocía un factor de corrección a toda persona en edad de trabajar de un mínimo de un 10 %, y ahora el lesionado tiene que acreditar la perdida y si esta en el paro, es estudiante o jubilado no existe tal perdida.

Por todo ello, llegamos a la conclusión que el novedoso baremo que entro en vigor en el año 2017 ha supuesto un descenso importante en las indemnizaciones de accidentes leves, (los que suponen el 80% de los accidentes de tráfico en nuestro país), si a eso le añadimos que con el nuevo baremo las indemnizaciones por accidentes de tráfico de estos accidentes han menguado entorno a un 30 o 40 % menos con una lesión idéntica si la lesión es sufrida en el año 2017 con respecto a si esta misma lesión se sufría en el año 2015 y los seguros nos venden que con el baremo tienen que pagar más y están subiendo las primas de seguro, las compañías aseguradoras han hecho un negocio redondo a costa de los accidentados.

¿Se puede aplicar este baremos a accidentes de años posteriores?

No. Para los accidentes sufridos a partir del 1 de enero del año 2018 es necesario aplicar los datos explicados en el siguiente enlace:

Para el año 2019 podemos consultar el siguiente artículo:

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