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¿Qué baremo utilizo si sufrí un accidente de tráfico en el año 2018? – toda la información que necesitas
Antes de la reforma introducida en enero del año 2016 el baremo por accidentes de tráfico se actualizaba anualmente acogiéndose a la subida que sufre la vida de los consumidores, esto es, el Índice de precios de Consumo (IPC), que el año 2018 se prevé que suban entorno al 1,2 %.
La Ley 35/2015 de 22 de septiembre de 2015, que aprobó el nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico, reflejaba la actualización automática para los sucesivos años, descartando la subida del IPC, y basando esta subida en la revalorización de las pensiones. Situación que supone que la subida natural de cada año haya quedado menguada, dado que la revalorización prevista para las pensiones este año 2018 será entorno a un 0,25 %.
El Real Decreto Legislativo 8/2004, Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, establece en su artículo 49 como se actualizan las indemnizaciones y establece: “A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
2. No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales. Asimismo la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se actualiza, en su caso, de acuerdo con lo que se establezca en los convenios sanitarios que se suscriban con los servicios públicos de salud según lo establecido en el artículo 114, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios”
Por lo tanto, las indemnizaciones este año 2018 has subido un 0,25 % con respecto al año 2017, y un 0,50% con respecto al año 2016:
Las lesiones temporales en 2018 quedan de la siguiente manera:
Año 2016 | Año 2017 | Año 2018 | ||
Día de perjuicio Básico | 30 € | 30,075 € | 30,15 € | |
Días de perjuicio particular: | Moderado | 52 € | 52,13 € | 52,26 € |
Grave | 75 € | 75,18 € | 75,37 € | |
Muy Grave | 100 € | 100,25 | 100,50 € |
Si los comparamos con los días impeditivos, no impeditivos y hospitalarios del 2015
Año 2018 | Año 2015 | |||
Día de perjuicio Básico | 30,15 € | 31,43 € | Días no Impeditivos | |
Días de perjuicio particular: | Moderado | 52,26 € | 58,41€ | Días impeditivos |
Grave | 75,37 € | 71,84 € | Días Hospitalarios | |
Muy Grave | 100,50 € | No existían |
Por lo que se puede observar que los antiguos días no impeditivos, valorados en 2015 en 31,43 €, han pasado a catalogarse como días de perjuicio personal básico (Todos para las aseguradoras, amparados en los informes médicos de sus médicos valoradores), han pasado de ser valorados en el año 2018 en 30,15 €/día en el año 2018. Los días impeditivos, valorados en 58,41 € en el año 2015 ahora se denominan días de perjuicio personal particular moderados y se valoran en 52,26 €/día, y si se observa un incremento en los antiguos días hospitalarios que se valoraban a 71,84 € en 2015 y en 2017 han subido a 75,38 € o 100,50 en el año 2018.
Si a esto le sumamos que en vía amistosa habitualmente se reconocía alguna secuela derivada de los accidentes (entre 700 y 800 €) y ahora se deniegan sistemáticamente.
A lo que se le reconocía un factor de corrección a toda persona en edad de trabajar de un mínimo de un 10 %, y ahora el lesionado tiene que acreditar la perdida y si está en el paro, es estudiante o jubilado no existe tal perdida.
Por lo que tenemos que concluir, que el novedoso baremo que nos colaron en 2016 ha supuesto un importante descenso en las indemnizaciones de accidentes de tráfico leves, (los que suponen el 80 % de los accidentes de tráfico en nuestro país), si a eso le añadimos que con el nuevo baremo las indemnizaciones por accidentes de tráfico de estos accidentes han menguado entorno a un 30 o 40 % menos con una lesión idéntica si la lesión es sufrida en el año 2018 con respecto a si esta misma lesión se sufría en el año 2015 y los seguros nos venden que con el baremo tienen que pagar más y están subiendo las primas de seguro, las compañías aseguradoras han hecho un negocio redondo a costa de los accidentados.
Aquí puedes ver como ha quedado el baremo en el 2018 (aumento en 1,35 % tras las protestas de los jubilados, afectando la revalorización de las pensiones, de forma directa a la indemnizaciones de los accidentes de tráfico, subiendo a un 1,60 %). Y que se vuelven a incrementar en 1,60 % para el año 2019, en este enlace pueden ver las cuantías del baremo del año 2019.
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El 31 de enero de 2018, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, ha dictado una resolución, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación:
«El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, establece, en su artículo 49.1, que las cuantías indemnizatorias del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, fijadas en ella, quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año, en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Debido a que la Ley de Presupuestos no ha sido aprobada antes del primer día del presente ejercicio económico, el Real Decreto 1079/2017, de 29 de diciembre, sobre revalorización de pensiones de Clases Pasivas, de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2018, establece, en su artículo único, una revalorización de las pensiones del 0,25 por ciento.
Tomando en consideración la disposición anterior y en aplicación del artículo 49.3 del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre,
Esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda hacer públicas en su sitio web http://www.dgsfp.mineco.es/, las cuantías indemnizatorias vigentes durante el año 2018 revalorizadas en el 0,25 por ciento.»