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El nuevo baremo de valoración de los daños y perjuicios causados a personas en Accidentes de circulación. Principios generales

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«Nuevo Baremo de Valoración de daños y perjuicios en Accidentes»

El pasado 23 de septiembre de 2015 se publicó la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, que reforma el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, el “Nuevo Baremo” en base al cual se valoraran todas las indemnizaciones de los accidentes de tráfico que se produzcan a partir del 1 de enero de 2016.
Esta reforma es de vital importancia, por ello vamos señalar los aspectos fundamentales:

Entrada en vigor

La Ley 35/2015 entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2016.

Objetivos de la reforma

Uno de los principales objetivos que busca la reforma es el justo resarcimiento de los perjuicios sufridos por las víctimas y para sus familiares como consecuencia de un accidente de tráfico. Con el argumento que en la actualidad no es efectiva esta reparación integra de los daños sufridos.

Principios de la Reforma

Los principios fundamentales del nuevo sistema, para objetivar la valoración de las lesiones se basan en:
La reparación integra del daño: tiene por finalidad asegurar la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos. Las indemnizaciones de este sistema tienen en cuenta cualesquiera circunstancias personales, familiares, sociales y económicas de la víctima, incluidas las que afectan a la pérdida de ingresos y a la pérdida o disminución de la capacidad de obtener ganancias.Rigiendo este principio tanto en las consecuencias patrimoniales como en las morales y extrapatrimoniales, e implica en este caso compensar, mediante cuantías socialmente suficientes y razonables que respeten la dignidad de las víctimas, todo perjuicio relevante de acuerdo con su intensidad.
Principio de la reparación vertebrada, necesidad de valorar por separado los daños patrimoniales y los no patrimoniales. Estructurando los daños no patrimoniales en perjuicios personales básicos y perjuicios personales particulares.
La interpretación uniforme, que debe dotar de certidumbre tanto al lesionado como a las compañías aseguradoras que deben de indemnizarle, sentando las bases para una disminución de la contienda judicial, buscando una solución extrajudicial.
Principio de la valoración objetivada, supone que no pueden fijarse indemnizaciones por conceptos o importes distintos a los previstos en el Baremo, existiendo perjuicios excepcionales.
El nuevo baremo incluye también algunas modulaciones que la jurisprudencia había ido incorporando a la valoración como la culpa concurrente de la víctima, la inimputabilidad de los menores de  14 años, o el incumplimiento de mitigar el daño.
Enrique Torres
Abogado Especialista en Accidentes de tráfico

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