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Indemnización por un accidente de tráfico tras pasar unos días de baja médica

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“He sufrido un accidente de tráfico (por ejemplo era el ocupante de un vehículo). Ahora estoy bien, pero he tardado unos días en recuperarme y volver a trabajar: ¿Tengo derecho a recibir una indemnización? ¿Quién, cuándo y cuánto dinero me van a pagar?”

¿Cómo calcular la indemnización por accidente de tráfico?

Para calcular la indemnización que le corresponde a una víctima de accidente de tráfico debemos de acudir a los baremos que anualmente se publican en el Boletín Oficial del Estado que establecen las indemnizaciones por incapacidad temporal aplicables a cada año y el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en los accidentes de circulación. Ésta indemnización por incapacidad temporal depende de:

  • El año en el que la víctima se recupera del accidente de tráfico.
  • Los ingresos netos que recibe la víctima.
  • Los días de baja que transcurren desde el accidente de tráfico hasta su curación.

Por ello, hay que diferenciar dentro de los días de baja, varios tipos:

  • Hospitalarios.
  • No hospitalarios:
    • Días Impeditivos.
    • Días No impeditivos.

Días hospitalarios

Los días hospitalarios son los que la víctima de un accidente de tráfico ha pasado en el centro hospitalario para su curación.

Días no hospitalarios

Respecto a los días no hospitalarios, ¿qué se entiende por días de baja impeditivos y por días de baja no impeditivos?

Días de baja por incapacidad: días impeditivos y no impeditivos

Según lo establecido en la que fija la Ley Sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor:

“Se entiende por día de baja impeditivo aquél en que la víctima está incapacitada para desarrollar su ocupación o actividad habitual”.

Dicha redacción resulta demasiado genérica, no terminando de aclarar qué se entiende por día impeditivo y hasta dónde alcanza la consideración de incapacidad. Algunas dudas habituales:

  • ¿Se puede identificar el día impeditivo con la imposibilidad de ir trabajar?
  • ¿Requiere que la víctima no realice actividad alguna, cualquiera que sea, o basta con que no realice su actividad habitual?

El criterio que mejor se ajusta a la consideración de incapacidad temporal es el que considera que la persona está impedida para realizar sus ocupaciones habituales del día a día. Dichas ocupaciones, no sólo incluirían las de trabajar, si no que además se considerarían actividades tales como comer, andar, hacer deporte, es decir, no sólo las que estrictamente le imposibilitan para trabajar.

Días de baja impeditivos

A la vista de lo anterior, los días de baja impeditivos son aquellos días en los que la víctima se encuentra en baja médica estricta.  Es decir, está incapacitada para la realización de las actividades habituales. No tiene por qué coincidir con la baja laboral, dado que este tipo de baja también incluiría a un estudiante, un parado o una ama de casa.

Días de baja no impeditivos

Por su parte los días de baja no impeditivos son aquellos días en los que la víctima sigue recibiendo tratamiento médico, pero no está incapacitada para la realización de sus actividades habituales, cómo andar, comer o trabajar.

Nuestro calculador de indemnizaciones por accidente de tráfico

Como en Infoaccidentes entendemos la dificultad que tiene la víctima para calcular la cuantía de  la indemnización que le corresponde, hemos preparado un calculador de indemnizaciones que le permite conocer de forma orientativa la cantidad económica a la que tendría derecho, debiendo introducir el año en el que se produjo el accidente, los días de baja, y el salario neto.

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