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Elisa escribió:
Yo considero que la indemnización es inadecuada ya que tuve que realizar 17 sesiones de rehabilitación que me impidieron el desarrollo de mis actividades habituales. Debo aceptar la oferta?? La compañía que yo tengo dice que para realizar reclamación judicial debo designar un abogado ya que forma parte de mi cobertura. Gracias
Estimada Elisa,
Voy a intentar explicarle lo que le está sucediendo, con el nuevo baremo introducido en enero de este año todo se tiene que intentar “arreglar amistosamente”, antes de litigar por vía judicial, y algunas compañías se lo están tomando con calma…..
En cuanto a los daños materiales, si le han reparado el vehículo, aunque hayan trascurrido dos meses, no tendrá nada que reclamar salvo que pueda justificar los gastos ocasionados por no disponer del vehículo, salvo que tenga facturas es como si no existieran.
En cuanto a la oferta que le están realizando entiendo que usted está en paro, o es estudiante, y no puede justificar que no pudo realizar su actividades diarias, por lo que ha hecho la compañía es directamente calificarle todos los días como perjuicio personal básico, reconociéndole 50 días a 30 € cada día….
Con el nuevo baremo debe justificar los perjuicios: perjuicio personal particular (52 €/día), las secuelas con el informe de alta de la rehabilitación, y si ha existido perjuicio patrimonial.
Espero que esta información le haya sido útil, si lo necesita contacte con nuestros Abogados de accidentes.
Saludos