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Estimada Julia,
Su padre como Atropellado, tiene derecho a recibir un tratamiento sanitario acorde con las lesiones sufridas y tienen derecho a recibir una indemnización, una vez que esté totalmente recuperado, todavía es pronto para saber la indemnización que le corresponde.
Le pueden interesar los artículos que publicamos en nuestro blog sobre atropellos en paso de peatones:
En cuanto a las lesiones físicas, ¿Quién le debe prestar el servicio sanitario?
Al ser su padre un perjudicado en un accidente de tráfico, lo normal es que le trasladaran a urgencias de la sanidad pública tras el siniestro, para hacerle una primera exploración y descartar que no tenga usted nada roto (primeras 72 horas). Una vez pasada esta primera asistencia, puede ser tratado en un centro sanitario público o privado (refiriendo que ha sido derivado de un accidente de tráfico), debiendo asumir los costes la propia compañía aseguradora del responsable del siniestro.
Normalmente es mejor decidir un centro sanitario privado porque la sanidad pública está colapsada y se dilatan mucho los plazos para su asistencia sanitaria. Existe algún centro sanitario más cercano que los 40 kilómetros, si es así le recomiendo que haga el tratamiento en ese centro.
¿A qué centros sanitarios privados puede ir su padre? A cualquier centro sanitario, tiene tres opciones:
- Ir al centro sanitario que le ofrezca la compañía responsable.
- Ir al centro sanitario privado que usted elija. Anticipando los costes.
- Ir a un centro sanitario con convenio UNESPA, usted no tendrá ningún tipo de coste de inicio, y es el centro sanitario el que hace el seguimiento médico (Opción que le recomiendo).
Una vez esté recuperado, ¿Qué puede hacer usted para reclamar su indemnización?
I. – Pueden negociar su indemnización:
• Usted mismo con la compañía responsable (No lo recomiendo)
• Puede designar a un Abogado independiente que negocie por usted (en caso de tener Asistencia Jurídica en su seguro de hogar, lo normal es que gran parte de los costes queden cubiertos)
Al haberse producido el siniestro después del 1 de enero de 2016, le afecta el nuevo baremo
Las opciones puede verlas en este artículo: ¿Cómo reclamo la indemnización por accidente de tráfico? (baremo de 2016)
Espero que esta información le haya resultado útil, si lo necesita contacte con nuestros Abogados especialistas en accidentes.
Saludos