La Regla General: La Indemnización NO Tributa en el IRPF
Según el artículo 7 de la Ley del IRPF , las indemnizaciones por daños personales (físicos, psíquicos o morales) están exentas de tributación en la cuantía legalmente establecida.
Esto significa que el dinero que recibe por:
- Días de baja o curación (Perjuicio Personal).
- Secuelas físicas o estéticas.
- Daños morales.
NO debe incluirse en su Declaración de la Renta , siempre que la cuantía se ajuste a lo estipulado en el Baremo de Tráfico o haya sido fijada por un juez.
Excepciones: ¿Qué partes de la indemnización SÍ tributan?
Aunque el daño personal está exento, existen conceptos dentro de la indemnización que Hacienda considera "ganancia patrimonial" o "rendimiento del trabajo":
1. Lucro Cesante (Pérdida de Ingresos)
Si una parte de su indemnización compensa los salarios o beneficios que dejó de ganar por estar de baja, esa cantidad sustituye a una renta del trabajo. Por tanto, sí debe tributar en el IRPF como rendimiento del trabajo.
2. Exceso sobre el Baremo
Si usted negocia un acuerdo extrajudicial por una cifra superior a la que marca el Baremo legal, el exceso sí tributaría como ganancia patrimonial. (Esto es muy poco frecuente en la práctica).
Caso Especial: Fallecimiento y Sucesiones
Cuando la víctima fallece y son sus herederos (cónyuge, hijos, padres) quienes cobran la indemnización:
- IRPF: Sigue estando exenta.
- Impuesto de Sucesiones: La indemnización se integra en la masa hereditaria y sí tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones . La cuantía a pagar dependerá de la Comunidad Autónoma y del grado de parentesco.
¿Qué pasa con los Intereses de Demora?
Si la aseguradora le paga tarde y debe abonarle intereses de demora, estos intereses sí tributan en la base del ahorro como ganancia patrimonial, según el criterio reciente de la Dirección General de Tributos.
¿Dudas con su Indemnización?
Para evitar problemas con Hacienda, es vital que el acuerdo de indemnización desglose claramente qué cantidad corresponde a daño personal (exento) y cuál a otros conceptos.
Nuestros abogados especialistas se encargan de todo.
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Equipo Editorial InfoAccidentes
Información revisada y actualizada por el equipo de especialistas en reclamaciones de accidentes de tráfico de InfoAccidentes. Todo el contenido se basa en la legislación española vigente y el Baremo actualizado 2026 (Ley 35/2015).